El escenario
Considera J. Bing que hay tres generaciones de los sistemas de información
en las organizaciones que están orientadas, la primera a los datos,
la segunda a los documentos y la tercera, aún por llegar, al conocimiento
[1]. Por otra parte, para Elster el cambio técnico, que consiste
en la fabricación y modificación de herramientas, tiene una
importancia en la evolución de la vida inteligente sobre la Tierra
comparable a la del lenguaje [2]. Pues bien, la característica fundamental
de la segunda generación, en la que actualmente estamos inmersos,
es precisamente que tecnología y lenguaje se aúnan, al generalizarse
la utilización de los instrumentos telemáticos para la generación,
archivo e intercambio de los documentos escritos.
Generación
|
Elementos
físicos
|
Elementos
lógicos
|
Bases
deconocimiento
|
1ª
|
Ordenadores
centrales Redes jerárquicas
|
Bases
de datos
|
Protección
de datosde carácter personal
|
2ª
|
Ordenadores
personales Internet
|
Bases
de documentos
|
Documento
y firma electrónicos
|
3ª
|
-
|
Bases
de conocimiento
|
Decisiones
automatizadas
|
|
Pero los documentos no son únicamente un medio para transmitir un
mensaje, sino que otra de sus funciones, primordial en la sociedad, es la
de dar constancia a lo largo del tiempo tanto de su contenido como de la
intervención de determinadas personas en su elaboración, y
todo ello de forma fácilmente inteligible para cualquiera. De este
modo, la firma de una persona acredita su participación en un determinado
contrato, así como la complejidad técnica propia de un billete
asegura que en su elaboración ha intervenido la entidad emisora correspondiente.
Existe una vasta regulación sobre quiénes y cómo pueden
emitir determinados documentos para que tengan eficacia jurídica.
En el ámbito público, los requisitos de los actos administrativos
son establecidos por leyes y reglamentos. Ateniéndose a estas normas
los funcionarios generan muy diferentes clases de documentos auténticos,
como por ejemplo la prueba de entrada de un escrito en el Registro o las
actas académicas firmadas por un profesor [3]. También en
el ámbito privado existen documentos especialmente protegidos por
las leyes como, por ejemplo, los societarios y mercantiles. Hay además
una figura especializada en la emisión de documentos auténticos,
la de los fedatarios, cuya misión fundamental es actuar en los contratos,
recogiendo el consentimiento de las partes y plasmándolo en un documento,
que posteriormente deben archivar y custodiar en su protocolo.
Otro instrumento legal de gran importancia para la seguridad jurídica
son los Registros públicos, de los que los ejemplos más característicos
son los de la Propiedad y el Mercantil. Su función es acreditar ante
cualquiera que lo solicite determinados hechos, como la titularidad de un
determinado bien, o la condición de administrador de una sociedad
de una persona dada. Su obligación principal es llevar el Registro,
lo que incluye la calificación jurídica de los documentos
que van a ser incorporados a éste.
Este escenario se repite en todos los países de la Unión Europea,
aunque las diferencias entre los cuerpos de juristas encargados de su aplicación
son, a veces, muy importantes. Por otra parte, hoy las comunicaciones se
dan principalmente entre las organizaciones de cada país. Los flujos
internacionales actualmente son escasos, pero es previsible que la integración
normativa dentro de la UE y con ella, la de los efectos de los documentos
auténticos, sea más fácil de conseguir que la fusión
de los cuerpos jurídicos encargados en cada país de su emisión.
En consecuencia, cada día serán más precisos mecanismos
ágiles para la transmisión y convalidación de documentos
auténticos entre los distintos estados.
El proyecto
El proyecto Trust Frame For Electronic Documents Exchange Between European
Judicial Operators (Aequitas) tiene como objetivo global mejorar la calidad
de los servicios que los operadores jurídicos, en particular Registradores,
Procuradores y sus homólogos, prestan a la sociedad, incorporando
el uso de comunicaciones confidenciales y seguras entre ellos, a través
de Internet (www.euroaequitas. net).
Como objetivos concretos para la construcción del sistema pueden
destacarse los siguientes:
conseguir que las comunicaciones con efectos legales se realicen,
cuando sea jurídicamente aconsejable, mediante actos individualizados
y documentados, y no mediante meros asientos en bases de datos.
facilitar el intercambio de documentos con fuerza probatoria entre
diferentes países de la Unión, aportando información
sobre la naturaleza del documento y garantizando la capacidad e identidad
del emisor, así como el cumplimiento de los requisitos formales.
El proyecto ha sido subvencionado por la Comisión Europea (contrato
IST-2000-29569), dentro del V Programa Marco y su área IST, dedicada
a la sociedad de la información. El proyecto se enmarca en la línea
II.4.2 (acción clave II), denominada Large-scale trust and confidence
y que pretende extender, integrar, validar y demostrar tecnologías
y arquitecturas relacionadas con la confianza en el contexto de escenarios
avanzados a gran escala de la vida empresarial o cotidiana. El presupuesto
total previsto para el proyecto es de 521.039 euros y su duración
20 meses.
El proyecto se centra en la comunicación entre las distintas organizaciones
participantes, con el objetivo de crear un sistema que permita la transmisión
de documentos auténticos entre juristas de diferentes países,
con todas las garantías técnicas y legales.
El sistema consta de tres elementos:
una asociación que agrupa a las organizaciones y puede actuar
como tercero de confianza
una herramienta informática que permite la transmisión
segura de los documentos
un catálogo de documentos que facilita su interpretación
a los juristas de diferentes países y que permite a la herramienta
informática controlar el cumplimiento de los requisitos de origen
y formales. |
|
Los
participantes
El equipo formado para el desarrollo del proyecto puede dividirse en tres
grupos, de acuerdo con la función de cada participante. El primero
de estos grupos lo forman los cuatro usuarios, que ejemplifican a otros
muchos operadores jurídicos de la Unión Europea y cuyas funciones
básicas se describen a continuación:
Greffiers de Tribunal de Commerce Associés (Greffier de Paris)
(fr). Los Greffiers cumplen dos funciones: por una parte son secretarios
de los Tribunales de Comercio y, por otro, actúan como registro mercantil
(www.greffe-tc-paris.fr).
Consejo General de los Ilustres Colegios de Procuradores de los Tribunales
de España (es) . Los Procuradores son profesionales liberales cuya
función principal es representar a los litigantes ante los Tribunales
y, en particular, trasladar los documentos (notificaciones, escritos, etc.)
con los que se comunican las partes y el tribunal (www.cgpe.es).
Ilustre Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de
España (es) . Los Registradores son responsables de los registros
de la propiedad (derechos reales sobre inmuebles), mercantil y de bienes
muebles (www.corpme.es).
Camara dos Solicitadores (pt) . Los Solicitadores son profesionales
liberales que asesoran a los particulares sobre cuestiones jurídicas.
Dado que en Portugal los Notarios son funcionarios públicos que se
limitan a formalizar las escrituras, los Solicitadores auxilian en particular
para la redacción de documentos que deben ser elevados a escritura
pública (www.camara-solicitadores.pt).
El segundo grupo lo forman los participantes encargados de la dirección
y desarrollo del proyecto, que son:
Tools Banking Solutions, S.L. (es) . Se encarga de la coordinación
y dirección técnica del proyecto, así como de la elaboración
e implementación el software (www.tb-solutions.com)
Universidad de Zaragoza (es) . Valida los resultados obtenidos en
el proyecto desde una perspectiva jurídica (www.unizar.es)
Finalmente se encuentra el participante encargado de la difusión
de los resultados del proyecto:
Asociación para la Promoción de de las Tecnologías
de la Información y el Comercio Electrónico (APTICE) (es)
. APTICE auxilia a la coordinación y se encarga de la difusión
de los resultados del proyecto (www.aptice.org)
Los colectivos de juristas participantes tienen, en general, experiencia
en el desarrollo e implementación de sistemas telemáticos.
Entre éstos algunos están destinados a la comunicación
con otras organizaciones y, en particular, con los Tribunales. Es el caso
del proyecto para la Transmisión de notificaciones y escritos entre
los Tribunales y los Procuradores (Procuradores, TBS) [4], que
dispone de interfaz para LIBRA, aplicación de gestión para
la oficina judicial desarrollada por el Ministerio de Justicia de España.
Otro ejemplo es la anotación de embargos sobre automóviles
(Registradores, Borak), que en estos momentos se realiza con anotaciones
en base de datos.
Los participantes también están elaborando sistemas para prestar
servicios a los ciudadanos a través de las redes. Así sus
sitios web contienen información de carácter general sobre
legislación, trámites, etc. Los Registradores también
aportan información sobre el contenido de los registros a través
de los sistemas FLEI (Fichero Localizador de Entidades Inscritas) y FLOTI
(Fichero Localizador de Titularidades sobre Inmuebles), que permiten la
consulta en pantalla a través de una operatoria web.
En cuanto a la realización de trámites puede destacarse el
proyecto Formalidades en línea de los Greffiers, que permite realizar
a través del web la inscripción de empresas y la notificación
de modificaciones en las circunstancias sociales. Está en construcción
la entrega del depósito anual de cuentas. Se utilizan operatorias
web y documentos en formato PDF. Otro proyecto es el de Entrega de documentos
a los Registros, que permite enviar documentos a los Registros incorporando
el sello de tiempo de las firmas en el mismo momento de su realización
(véase SIC nº 47, noviembre 2001).
En todos los casos el uso de la firma electrónica se encuentra en
un estadio muy inicial, aunque ya se están desarrollando sendos Servicios
de Certificación para los Greffiers (Intrinsec), Procuradores (TBS,
Baltimore) y Registradores (TBS, Baltimore).
Por otra parte, los participantes representan dos flujos importantes dentro
del ámbito jurídico:
la comunicación entre los tribunales y las partes que intervienen
en los pleitos
la comunicación entre los registros y las personas u organismos
que necesitan conocer, probar o modificar el contenido de las inscripciones,
entre quienes también se encuentran los tribunales
Se prevé que la Asociación agrupe a los operadores jurídicos
que participan en el proyecto y a otros interesados en el uso de medios
telemáticos para el intercambio de documentos auténticos.
Sus objetivos podrían ser amplios y plantearla como foro para el
intercambio de know how y el establecimiento de estándares. En cuanto
a los objetivos concretos del proyecto, la Asociación actúa
como tercero de confianza en las comunicaciones entre los usuarios. Para
ello es preciso que cada organización participante disponga de un
directorio LDAP, conforme con la estructura definida por la Asociación
y en el que ésta se basará para acreditar la identidad y las
firmas de sus miembros.
La Asociación también puede facilitar el establecimiento de
protocolos comunes con las organizaciones externas que se comunican con
varios de sus iembros. Es el caso, por ejemplo, de los tribunales. También
en el supuesto de comunicaciones de poca frecuencia y entre distintos países
la asociación podría actual como interfaz común, simplificando
las conexiones y aumentando su eficiencia.
La herramienta informática
El objetivo de la herramienta es permitir la transmisión a través
de redes TCP/IP de documentos electrónicos con las máximas
garantías de seguridad. Está diseñada para la comunicación
entre grupos cerrados de usuarios, que deberán disponer de un certificado
X-509 aceptado por el sistema, y estar dados de alta en el directorio LDAP
de su organización.
Los documentos podrán incorporar las siguientes funcionalidades:
confidencialidad en la transmisión
firma electrónica
acuse de recibo (podrá ser obligatorio para acceder al documento)
sello de tiempo de las firmas y de los actos de comunicación
registro del contenido del documento por tercero confiable
La arquitectura consta de un servidor de la Asociación y otro en
cada una de las organizaciones (ver figura 1 ). Las comunicaciones internas
no salen del propio servidor de la organización y es ésta
quien actúa como tercero confiable. En las comunicaciones entre miembros
de las distintas organizaciones es el servidor de la Asociación el
que actúa como tercero confiable, aunque también es posible
el establecimiento de confianza bilateral entre miembros.
El sistema permite importar documentos del sistema de archivos, que pueden
enviarse con todas las garantías de seguridad, debiendo éstas
ser determinadas por el usuario, si bien algunas de ellas podrán
no ser permitidas por la organización. Dentro del sistema pueden
también generarse documentos basándose en una plantilla, que
determina las medidas de seguridad aplicables y las firmas permitidas. El
sistema controla el cumplimiento de estas medidas y otros requisitos establecidos
para las plantillas, impidiendo su envío o avisando al destinatario
de las irregularidades detectadas. Además, la herramienta permite
la gestión en modo local de los documentos enviados y recibidos,
así como de las plantillas de documentos.
Los grupos de usuarios se identifican a efectos de seguridad por la posesión
de un certificado perteneciente a una clase determinada. En principio solo
se prevé un rol por organización, que deberá gozar
de todos los permisos de acceso y capacidad de firma. Se permitirá
el acceso de personal auxiliar, únicamente para la elaboración
de los documentos previa a su firma y envío.
Cada organización administra el acceso de sus miembros mediante la
emisión y revocación de certificados y su publicación
en el directorio LDAP. Este directorio es también utilizado para
la publicación de otras informaciones útiles para el sistema,
como los organismos receptores designados para los envíos. También
es preciso que las organizaciones dispongan de certificados de servidor.
Entre las funcionalidades del servidor cabe destacar las siguientes:
Envío y recepción de mensajes: el servidor STFIC podrá
recibir mensajes de los clientes y de otros servidores STFIC, y ponerlos
a disposición de otros clientes o de otros servidores STFIC.
Comprobación de firmas: el servidor valida las firmas de los
documentos recibidos comprobando las correspondientes CRLs.
Sello de tiempo: el servidor emite una diligencia con los resúmenes
de los documentos y/o acuses de recibo y añade un sello de tiempo.
Registro: el servidor almacena los documentos y/o acuses de recibo
y los vuelca en soportes duraderos, tras convertirlos a formatos adecuados
e individualizarlos (encapsulamiento)
Cifrado: los documentos pueden cifrarse con la clave pública
del destinatario final o con la del servidor de su organización.
En el cifrado de servidor a servidor, éstos podrán cifrar
y descifrar los mensajes.
El catálogo
El objetivo del catálogo es incrementar la seguridad jurídica
en el intercambio de documentos auténticos, principalmente entre
los diferentes países. Estará formado por documentos con naturaleza
jurídica definida, que deberán ser propuestos por la organización
emisora y aprobados por el o los receptores. En esta línea, el objetivo
del proyecto no es tanto crear catálogos exhaustivos para los ejemplos
propuestos como estudiar métodos adecuados para su elaboración
y mantenimiento.
El catálogo reúne las plantillas de los documentos, cuyo uso
puede ser exigido para la aceptación de los envíos. La herramienta
permitirá acceder a las plantillas, así como cumplimentarlas
y enviarlas. Estas se organizarán jerárquicamente, partiendo
de cada una de las organizaciones emisoras, las cuales determinarán
las categorías sucesivas del árbol y la asignación
de las plantillas a cada una de ellas. La herramienta podrá implementar
otras ayudas, como la búsqueda en el texto, o la elaboración
de índices. La estructura de las plantillas se definirá mediante
un conjunto de etiquetas XML.
Se incorpora en las plantillas la siguiente información sobre los
documentos:
denominación y naturaleza
formato: queda definido en un formulario firmado por la organización
emisora
capacidad para su emisión: se determina la política
de certificación bajo la que deben estar firmados
garantías precisas para su transmisión: sello de tiempo,
acuse de recibo, registro
requisitos de confidencialidad, presencia de datos protegidos por
la privacidad. |
Figura 1
|
Los
ejemplos
Recientemente se han publicado dos importantes normas de la Unión
Europea que constituyen la base de los ejemplos que han sido seleccionados
para la elaboración del catálogo. La primera de ellas es el
Reglamento 1348/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, relativo a la notificación
y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales
en materia civil y mercantil. Como su propio nombre indica, esta norma regula
la transmisión de documentos entre órganos judiciales de diferentes
países, así como las notificaciones efectuadas por los de
un Estado miembro a personas que residan en el territorio de otro Estado
miembro. Además sus preceptos pueden ser extendidos a un número
mucho mayor de casos, ya que se acepta su aplicación a comunicaciones
documentales y notificaciones de ámbito extrajudicial.
Según el citado Reglamento cada uno de los Estados miembros debe
designar quiénes pueden actuar como entes transmisores o receptores
de documentos, indicando su nombre y dirección, el ámbito
territorial para el que son competentes, los medios admitidos para el envío
y recepción de los documentos y los idiomas que se admiten para cumplimentar
los formularios previstos por la norma. Cualquier modificación de
estos aspectos debe ser comunicada inmediatamente a la Comisión.
Los Estados miembros también deben designar un organismo central
que debe informar sobre el organismo emisor o receptor correspondiente para
un aso dado, así como dar solución a los problemas que surjan
en relación con la transmisión de documentos. En casos excepcionales
también podrán servir como intermediario entre los entes receptores
y transmisores de diferentes Estados. En nuestro país, de acuerdo
con la Instrucción de 29 de junio de 2001, el ente central se encarga
además de elaborar las estadísticas sobre las comunicaciones
internacionales realizadas por los tribunales. Para ello, los entes transmisores
y receptores deben enviar periódicamente resúmenes sobre los
documentos transmitidos o recibidos.
Es preciso destacar que tanto la publicación de los datos sobre los
entes trasmisores y receptores en tiempo real, como la elaboración
de estadísticas, se pueden automatizar con un sistema como el de
Aequitas, ya que la herramienta es capaz de buscar en el directorio LDAP
de cada Estado los datos correspondientes a sus entes transmisores y receptores
y también es posible elaborar estadísticas de uso de forma
continuada.
En España los entes transmisores y receptores son las Secretarias
de los diferentes tribunales y la entidad central la Subdirección
General de Cooperación Internacional del Ministerio de Justicia.
En Francia los entes transmisores son los Hussiers de Justice (figura similar
a los Procuradores españoles) y los Greffes o Secretarios de los
Tribunales, el ente receptor es la Chambre Nationale des Hussiers de Justice
y la entidad central el Bureau de l´entraide judiciaire civile et
commerciale (Direction des affaires civiles et du sceau). En Portugal los
entes transmisores y receptores son los Secretarios de Justicia de los Tribunales
Comarcales y la entidad central la Direcçao-Geral da Administraçao
da Justiça.
Las condiciones que, de acuerdo con el Reglamento, deben cumplir los documentos
transmitidos son su legibilidad, que debe cuidarse especialmente en el caso
de los documentos informáticos, y la fidelidad con el original, que,
dice la norma, puede ser garantizada mediante la firma electrónica,
ya que está acredita la integridad del documento recibido. Los documentos
deben ir acompañados de un formulario de acuerdo con el modelo que
se anexa al Reglamento. Se prevé, expresamente, que este formulario
pueda ser remitido en formato electrónico, junto a los documentos
transmitidos del mismo modo.
Dentro del proyecto Aequitas se estudia el supuesto de la comunicación
entre los Tribunales, a través de intermediarios adecuados como los
Procuradores, y los Registros de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles.
Se trata de comunicaciones frecuentes y que se producen en los dos sentidos,
cuando el Tribunal solicita información obrante en el Registro y
cuando aquel emite una orden (mandamiento) para que se cree, modifique o
anule una inscripción registral.
Otra acción reciente de la Unión Europea, en la que se basa
el segundo ejemplo del proyecto es la propuesta de Reglamento para la aprobación
del Estatuto de la Sociedad Anónima Europea (SE). Esta propuesta
está acompañada de otra de Directiva del Consejo por la que
se completa el Estatuto de la Sociedad Anónima Europea en lo que
respecta a la implicación de los trabajadores, que constituye un
anexo imprescindible ya que han sido precisamente las cuestiones laborales
y sociales las que han hecho que transcurran treinta años desde la
primera propuesta para la creación de una sociedad de ámbito
europeo y su efectiva regulación. La aprobación de ambas propuestas
se produjo el 6 de octubre de 2001 y su entrada en vigor de está
prevista para el 6 de octubre de 2004.
La creación de Sociedades Europeas puede realizarse por varios medios,
todos los cuales exigen de una intensa comunicación entre Registros
de diferentes países. El caso típico es la creación
de una sociedad holding en la que se agrupan diferentes sociedades nacionales
que forman parte de un mismo grupo empresarial. En este caso, el Registro
del país de la sociedad principal, que terminará convirtiéndose
en una única sociedad europea, ebe recibir información de
los registros de los diferentes países donde estuvieran implantadas
las filiales.
Además, la comunicación entre los registros de diferentes
países no se limita al momento de la constitución de la sociedad
europea, ya que éstas operarán lógicamente en diferentes
países miembros, lo que hace necesaria la interconexión de
los registros, ya que será preciso aportar información ehaciente
sobre la sociedad en el país europeo que se solicite de una forma
ágil y cómoda para los ciudadanos.
En conclusión, se pretende partiendo de los ejemplos descritos
elaborar una estructura que sea escalable y que permita la comunicación
entre los distintos países de una forma segura, que facilite la interpretación
jurídica de los documentos transmitidos y que, en la medida de lo
posible, sea independiente del idioma y de las peculiaridades de la normativa
y de la forma de operar de los Registros de los distintos países[5].
Estructura de los documentos
El problema de la estructuración de los documentos electrónicos
para facilitar su interpretación automatizada tiene, como es sabido,
una larga trayectoria. En nuestro caso los precedentes se dan principalmente
en el ámbito mercantil, ya que dentro de éste siempre han
existido acciones para la homogeneización de las distintas regulaciones
nacionales. En el supuesto de los documentos judiciales, la situación
es distinta y están sujetos en mayor medida a las formas de operar
propias de cada nación.
En los documentos asociados a los Registros mercantiles la primera iniciativa
de estandarización surge dentro del paradigma EDI. El estándar
existente se denomina REGENT (REGistration of ENTerprises) y fue elaborado
por un organismo de las Naciones Unidas denominado UN/CEFACT. Los mensajes
de REGENT son acordes con la sintaxis UN-EDIFACT. Al igual que la mayoría
de estas normas, uno de los principales problemas radica en su excesiva
extensión y complejidad, derivada de su aspiración de cubrir
un ámbito de carácter universal y que ha hecho que no sean
muy utilizadas. También, entre los inconvenientes, cabe destacar
la imposibilidad de incorporar objetos binarios dentro de los documentos
EDI.
Además la exigencia de los sistemas EDI de que las comunicaciones
se realicen a través de redes de valor añadido (Value Added
Network, VAN), hace que sea precisa una masa critica importante para que
la puesta en acción de las comunicaciones mediante EDI, resulte rentable.
Mucho más proxima al planteamiento del proyecto Aequitas se encuentra
la iniciativa crXML (Commerce Registers XML), una especificación
XML que pretende implementar en este estándar funcionalidades equivalentes
a las de REGEDIT. Los participantes en el proyecto son, en primer lugar,
el European Commerce Registers Forum (ECRF), que fue creado en Cardiff en
el año 2000 y que agrupa a los registros de 21 países, siendo
en estos momentos Irlanda quien ostenta la dirección del Comité
de Tecnologías de la Información. En segundo lugar se encuentra
EBR, una red europea para el intercambio de información entre los
registros mercantiles de diferentes países. Finalmente, forma parte
del consorcio una empresa noruega, NRD, especializada en el ámbito
registral y en cuyo capital participan el Norwegian State Development Fund,
Foinco Invest y los propios empleados de la compañía.
Los objetivos que pretende alcanzar el proyecto crXML son la flexibilidad,
de forma que se facilite una rápida adaptación a los cambios
normativos y técnicos, la extensibilidad, que permite añadir
al estándar los elementos precisos para adaptarse a las diferentes
necesidades de cada nación o supuesto, la independencia de la plataforma,
que se deriva de las propias características del XML, y la internacionalidad,
que ha de permitir que el estándar sea independiente de los distintos
idiomas y que recurre a los diferentes códigos UNICODE para que este
soporte los juegos de caracteres de cada uno de ellos.
Por otra parte, la iniciativa crXML se plantea como una parte de un conjunto
más amplio, como es el estándar denominado ebXML (Electronic
Bussines XML), que es una especificación para facilitar las comunicaciones
electrónicas entre organizaciones (www.ebxml.org) y ha sido desarrollada
por un consorcio de empresas, UN/CEFACT y OASIS. Dentro de este marco crXML
se dedica a aquellos aspectos relacionados con la inscripción de
las compañías en los registros de comercio.
El proyecto Aequitas atiende a todos estos estándares y precedentes
con el objetivo de que sus propuestas sean coherentes con todos ellos, si
bien no ha de olvidarse que el objetivo del proyecto no es tanto el estudio
de las diferentes formas de estructurar los documentos, sino el lograr su
transmisión de forma segura entre las organizaciones de diferentes
países.
Conclusión
Existe una interacción intensa entre el desarrollo de los sistemas
de información y el de las burocracias modernas, a las que los nuevos
objetivos políticos -el Estado del Bienestar en su momento, o ahora
la unión de los países europeos-, plantean enormes retos que
éstas trasladan a aquellas personas encargadas de crear y mantener
los sistemas de información, exigiéndoles cada día
la consecución de mayores capacidades en éstos. Además,
ello ha de hacerse de forma respetuosa con los derechos de las personas
y con los diferentes derechos nacionales. Por todo ello, un proyecto como
el que se ha expuesto exige de un trabajo interdisciplinar, con una estrecha
colaboración entre informáticos y juristas, que muestra cada
día a quienes en él participamos, que resulta sumamente enriquecedor
tanto para los unos como para los otros.
El resultado ha de ser la puesta a disposición de la sociedad de
instrumentos que faciliten el logro de los objetivos que ésta se
ha propuesto conseguir, combinando la automatización con un grado
de flexibilidad que evite que las restricciones impuestas por los sistemas
mermen la capacidad de respuesta de las instituciones jurídicas a
la enorme diversidad de supuestos de la vida real a los que cada día
han de enfrentarse. |
REFERENCIAS
[1] J. Bing, Three generations of computerized systems for
public administration and some implications for legal decision-making, en
Ratio Iuris, 3/2, 1990, p. 225
[2] J. Elster, Explaining Technical Change, 1983. Cito la traducción
española: El cambio tecnológico, Gedisa, Barcelona, 1990,
p. 13
[3] Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículo
45,5º
[4] J.F. Muñoz, Electronic documents in legal works,
12th International Conference Database and Expert Systems Applications (DEXA01),
Institute of Electrical and Electronics Engineers (IEEE), Los Alamitos,
2001, p. 799-803
[5] P. Beder (ed.), Les formalités légales au Registre du
Commerce de 18 pays européens et méditerranéens, L
Association Syndicale des Greffiers de Commerce de France, Paris, 2001 |
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Dr.
D. José Félix Muñoz Soro
Coordinador proyecto Aequitas
TOOLS BANKING SOLUTIONS S. L.
munozj@tb-solutions.com
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