¿Debe el departamento de seguridad TIC operar los sistemas de protección de la empresa?

La forma en la que se están conformando los departamentos de seguridad TIC en lo referente a sus competencias, no es uniforme. Algunos cumplen una labor consultiva y prescriptora, en tanto que otros, además, operan todos o parte de los sistemas tecnológicos de protección TIC existentes, o bien mantienen un control directo de la operación por terceros. ¿Cuál es el mejor modelo posible para conseguir la eficacia y unos niveles de eficiencia óptimos en el cumplimiento del objetivo final que se persigue, es decir, gestionar el riesgo de seguridad del sistema de información tecnológico de la organización? ¿Qué tendencias se vislumbran en la materia? ¿Qué ventajas y qué inconvenientes plantean los distintos enfoques?
DIEGO SACRISTÁN
Responsable de
Seguridad y Calidad de la Información
PFIZER
RAÚL BRETÓN
Gerencia de Seguridad de Redes y Servicios
TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA
JAVIER DEL RIEGO
Jefe de Seguridad Lógica
VODAFONE ESPAÑA

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